Quién no está obligado a declarar en Perú

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¿Quién no está obligado a declarar en Perú?

En Perú, hay varias exenciones de impuestos y determinados contribuyentes pueden estar exentos de la responsabilidad de presentar los impuestos debidos al Estado, dependiendo de los ingresos anuales y el tipo de actividad que realizan. Conozca a quienes no están obligados a declarar impuestos en Perú:

Exenciones de impuestos en Perú

  • Personas Naturales: Aquellas contribuyentes que perciben ingresos exclusivamente por trabajos dependientes, así como también los pagos procedentes de alguna pensión por Jubilación, pensión por Viudedad, pensión por Orfandad, pensiones alimenticias, otros ingresos y bonificaciones obtenidas y sean declarados en una Boleta de Pago, estas personas no están obligados a presentar ninguna declaración de Impuesto a la Renta.
  • Monotributistas: Los contribuyentes que estén inscritos en el Monotributo, y obtengan ingresos exentos a la Renta o beneficiarios de un régimen a los fines del Impuesto a la Renta, no se encuentran obligados a efectuar la declaración jurada del Impuesto a la Renta.
  • Sociedades Irregulares: Las compañías que se encuentren inscritas como Sociedades Irregulares, estas serán exoneradas de la obligación de realizar declaraciones juradas, si los únicos ingresos debidamente acreditados en el año son los resultantes de la venta de sus acciones.

Es importante tener en cuenta que el contribuyente responsable de realizar la declaración de impuestos puede presentar los formularios de manera presencial, a través de una casilla virtual o vía correo electrónico.

Quiénes no están obligados a declarar en Perú

Excepciones a la obligación de declarar impuestos en Perú

En la mayoría de los casos, todas las personas con ingresos generados dentro del territorio peruano están obligadas a presentar impuestos. Sin embargo, hay algunas excepciones.

A continuación se muestra una lista de quiénes no están obligados a declarar impuestos en Perú:

  • Personas exentas según la legislación tributaria.
  • Personas que no hayan realizado ni recibido transferencias ni pagos superiores a S/. 12.500 durante el año.
  • Personas que perciban solamente intereses y cánones de sus ahorros, siempre y cuando los ingresos anuales de estos últimos no superen los S/. 5.000.
  • Personas que cuenten con ingresos y bienes a su favor en el extranjero, los cuales deben ser declarados de acuerdo a la legislación tributaria vigente.
  • Menores de 18 años.

Por último, es importante mencionar que los contribuyentes seguirán estando obligados a cumplir con sus obligaciones tributarias aún cuando no se encuentren comprendidos dentro de los casos de exención explicados anteriormente.

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